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Aquella persona confesará el pecado que cometió, compensará enteramente el daño, añadirá sobre ello la quinta parte y lo dará a aquel contra quien pecó. Y si aquel hombre no tiene pariente al cual sea compensado el daño, se dará la indemnización del agravio a Jehová entregándola al sacerdote, además del carnero de las expiaciones, con que el sacerdote hará expiación por él.

»Cualquier ofrenda de todas las cosas santas que los hijos de Israel presenten al sacerdote, suya será.

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